Comienzan a regir nuevas facilidades de pagos de adeudos al BPS

Columna> Confederación Empresarial del Uruguay

Parlamento aprobó ley de facilidades para pagar deudas al Banco de Previsión Social por parte de empresas que las tienen y que ahora abarca a quienes están atrasados con los pagos hasta el pasado mes de abril.

Tras esta decisión parlamentaria CRONICAS dialogó con el Director interino del sector empresarial en el BPS, Javier Verdino, quien confirmó la nueva situación generada a través de la aprobación de esta ley que lleva el número 19.632, la que entrará en vigencia plena a mediados del mes del mes de julio, tras contemplarse los plazos necesarios para que la institución adecúe el sistema informático para recibir las solicitudes de quienes decidan acogerse a esta disposición.

LAS DEUDAS ANTERIORES

En el marco de las medidas promovidas desde el Gobierno para favorecer las inversiones y la creación de empleo, el Parlamento aprobó –por unanimidad en ambas Cámaras- el proyecto de ley por el cual se extiende el plazo establecido en la Ley 17.963 del año 2006, para deudas por contribuciones especiales de seguridad social y de salud.

Verdino recordó que la  citada Ley habilitó el mecanismo para deudas anteriores a mayo de 2006, y posteriormente la Ley 19.185 lo extendió hasta Julio de 2013.

Ahora, la nueva disposición de marras  lleva ese plazo hasta abril 2018,  puntualizando que estas normas tienen la particularidad de incluir en las facilidades de pago tanto aportes patronales como personales.

SIN MULTAS NI RECARGOS

Muy sucintamente –entre otros aspectos- se otorgan facilidades de pago a deudores por tributos personales por dependientes, proponiéndose tomar la obligación original sin multas ni recargos hasta en 36 cuotas y, en sustitución de las multas y recargos, tomar la deuda mes a mes, convertirla a Unidades Reajustables (UR) y de aplicarles la rentabilidad máxima de AFAP, el monto resultante se paga en hasta 72 cuotas mensuales en UR con un interés del 2% anual.

Por otra parte, se otorgan facilidades a deudores para el resto de los tributos, tomándose el monto de la deuda original en UR mes a mes adicionándole la rentabilidad máxima de AFAP hasta la fecha de celebración del convenio.

LOS PUESTOS DE TRABAJO

El monto se paga en hasta 72 cuotas mensuales en UR, con un interés del 2% anual, destacándose que las normas de referencia han sido un importante instrumento de mejora de la regularización de puestos de trabajo, tanto de personas no registradas como con sub declaración.

A modo de ejemplo: por las dos leyes mencionadas –desde 2006 a la fecha- suscribieron convenios más de 60 mil empresas y se regularizaron más de 590 mil puestos cotizantes (se estima que unas 500 mil personas): 89% de ellos dependientes y 11% no dependientes.

NO SE TRATA DE PERDONA DEUDAS

Vale destacar que la situación de morosidad con el BPS está en guarismos bajos dentro de la meta de la institución, manteniéndose por debajo del 4%, pero no obstante ello se considera oportuna la vigencia de la nueva ley para mantener y mejorar la formalización de puestos de trabajo ante el Banco de Previsión Social.

En el punto, el representante empresarial en la institución, hizo hincapié en que “con esto no se trata de hacer referencia a un perdona deudas, sino que se logra otorgar facilidades en tiempos de pago ya que antes los adeudos se pagaban al contado y en algunos casos utilizando cheques diferidos con plazos cortos, mientras que ahora las deudas personales se podrán efectivizar en cuotas durante 36 meses en tanto que los aportes patronales se pueden pagar en 72 cuotas.

RETOMAR LOS PAGOS

Consultado específicamente Verdino sobre la fluctuación de la masa de deudores del BPS con el transcurso del tiempo, especificó que “no siempre son los mismos”, aunque se puede hablar en algunos casos de los mismos empresarios que en su momento se dispusieron a pagar sus deudas “nuevas circunstancias determinaron que cortara la cadena de pagos, por lo que cuando se otorgan nuevas facilidades se brinda la posibilidad de reenganchar y ponerse al día”.

Fue concluyente el entrevistado al señalar que “nadie deja de pagar porque sí, por lo que debemos tener en cuenta a aquellos que por diferentes problemas han cesado el pago por diferentes circunstancias “y han perdido rueda”, lo que la nueva ley le permite retomar”.

COMUNICACIÓN CON EL BPS

“El principal factor es que otorga tiempo para ponerse al día”, subrayó el entrevistado quien por otra parte refirió que entonces será a partir de mediados del mes de julio cuando los interesados en acogerse a la nueva ley comiencen a comunicarse con las oficinas del Banco de Previsión Social de todo el país, ya que la ley 19,632 comienza a regir transcurridos 10 días de ser publicada en el Diario Oficial, lo que se está haciendo ya.

No dejó de destacar el arduo trabajo desplegado manteniendo reuniones con diferentes actores del gobierno “a los efectos de lograr estas facilidades que otorga el nuevo régimen de financiación a numerosas empresas que lo estaban necesitando”.