COVID–19, empresas y trabajo

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La Dirección de Estudios Económicos de la Cámara de Industrias del Uruguay compiló las principales medidas que han desplegado distintos países para atenuar los impactos económicos de la pandemia de COVID-19, como forma de conocer otras experiencias y eventualmente adaptarlas a nuestro país. Se presenta información respecto al apoyo que recibieron las empresas y aspectos de regulación laboral y trabajo.

A continuación se describen los principales apoyos que recibieron las empresas.

En Argentina se destacan: instrumentos de financiamiento para quienes desarrollen soluciones productivas y tecnológicas, principalmente del sector médico-sanitario. Otras medidas se centran en fortalecer y apoyar a las MIPYMEs y PYMEs: garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo; reducción de contribuciones patronales; créditos a tasa 0 para monotributistas y autónomos; créditos para el pago de sueldos a tasa fija; nuevas líneas de créditos del Banco Nación para cubrir gastos de capital de trabajo y para financiamiento de equipamiento tecnológico y suspensión temporaria del corte de servicios por falta de pago.

En Brasil se redujo a la mitad de la contribución obligatoria al Sistema de Salud; se difirió el pago de tributos; se suspendió el impuesto sobre las operaciones financieras para todas las operaciones de créditos. Además para las PYMEs se extendieron los plazos para el pago de impuestos federales y se abrieron líneas de crédito para el pago de salarios.

En el caso de México, se permite acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para que ayude a llegar a convenios que beneficien a trabajadores y empleadores. Asimismo se aceleran los procesos de adquisición y las devoluciones del IVA y se brinda el acceso al registro en línea para la postulación de un crédito pagable en 24 meses, para microempresas y trabajadores informales. También, se otorgaron préstamos para pequeñas empresas que no han despedido trabajadores o reducido sus salarios desde el brote. Por último cabe destacar que en la plataforma “Juntos por el Trabajo” se encuentra disponible un sello que pueden descargar las empresas para hacer saber a sus clientes que si consumen localmente, la empresa se compromete en realizar esfuerzos por conservar las fuentes de empleo.

Por su parte en Estados Unidos se destaca la expansión del programa de préstamos de emergencia por desastre para ayudar a las pequeñas empresas a cubrir gastos que incluyen licencia por enfermedad, nómina y alquiler. Además se otorgaron créditos fiscales por salarios pagados a cada empleado por negocios afectados negativamente por el coronavirus y préstamos a cuatro años a compañías que emplean hasta 10.000 trabajadores o con ingresos de menos de USD 2,5 mil millones por año. El pago del principal y los intereses de estos préstamos pueden diferirse hasta por un año. Otra medida de apoyo hacia las empresas que se destaca, es el diferimiento del pago de impuestos y contribuciones a la seguridad social.

En lo que respecta a España, se identifican las siguientes medidas: otorgamiento de garantías para facilitar el acceso de préstamos; creación de una línea de cobertura de seguro para operaciones de financiación de capital circulante y flexibilización de los aplazamientos de pago de impuestos. Además se otorgó una moratoria de seis meses sobre las contribuciones a la seguridad social y se aplazaron y fraccionaron deudas tributarias.

En Italia se suspendió el pago de impuestos e IVA, contribución a la seguridad social y asistencia social y seguro obligatorio para los meses de marzo y abril. Además se otorgó una moratoria en el pago de préstamos por parte de las MIPYMEs, incluidas hipotecas, arrendamientos y préstamos a corto plazo. El Banco Nacional de Inversiones brinda garantía a bancos que otorguen créditos a empresas. Dirigida a las microempresas se extiende el acceso al crédito a través del consorcio de Garantía.

Cuadro 1 – Síntesis de medidas de apoyo a las empresas

Fuente: Dirección de Estudios Económicos

A continuación se describen aquellas medidas destinadas a la regulación laboral y de apoyo al empleo.

En Argentina, se otorgaron licencias para trabajadores con responsabilidades de cuidado o que pertenezcan a grupos de riesgo del sector público y privado. Además se otorgaron licencias a trabajadores en las siguientes situaciones: expuestos al contagio que lleguen de países con brote, con síntomas asociados al COVID-19, o con confirmación médica de haber contraído el virus, o que hayan estado en estrecho contacto con personas contagiadas o con síntomas. Se suma a estas medidas, la prohibición de despidos por 60 días.

Por otro lado, en Brasil se otorgaron permisos para reducir las horas de trabajo, por un máximo de 90 días, con igual salario por hora. Además las empresas pueden solicitar a los trabajadores que trabajen a distancia y el empleador deberá proporcionar el equipo y la infraestructura necesarios. Los eventuales costos incurridos por el trabajador para hacer posible el trabajo a distancia, solo se reembolsarán si está previsto en el contrato hasta 30 días antes del inicio del acuerdo. Si así lo acuerdan, el trabajador y el empleador pueden suspender sus arreglos laborales normales y decidir contabilizar las horas trabajadas, que se compensarán en 18 meses a partir del final de la calamidad pública. Las empresas también pueden solicitar a los trabajadores que tomen vacaciones pagas. La duración mínima de la licencia no puede ser inferior a cinco días y también pueden solicitar a los trabajadores que tomen vacaciones colectivas o anticipen los días festivos públicos y religiosos.

En México se estableció una guía de acción para los centros de trabajo ante la crisis del Covid-19 (teletrabajo, medición de temperatura, medidas de higiene y protección, vigilancia y supervisión, entre otras). Además se recomendó a los empleadores que autoricen modalidades de trabajo a distancia o licencias pagas.

En el caso de Estados Unidos, se otorgó un reembolso a los empleadores del sector privado por licencias pagas tomadas por razones específicas relacionadas con COVID-19 (presenta síntomas, sistema de salud le aconsejó que haga cuarentena, el empleado cuida a su hijo o cuya escuela está cerrada, etc.). Asimismo se divulgó una guía para que las empresas y los empleadores respondan a situaciones relacionadas con COVID-19, (trabajo flexible, turnos escalonados, aumentar espacio físico entre empleados, capacitar a los trabajadores sobre como usar la ropa protectora).

En España, se suspendieron contratos y se redujeron las horas de trabajo, además de generar un beneficio especial de desempleo para aquellos afectados por el cierre de empresas y para aquellos cuyo volumen de negocios vio afectado. Además, las empresas no pueden rescindir sus contratos temporales debido a la epidemia de coronavirus. Para estimular el teletrabajo se les brindó a las empresas una dotación para la compra de computadoras. Por último, aquellos trabajadores que tengan personas a su cargo, podrán adaptar o reducir su jornada laboral.

Por su parte en Italia, se adoptó el teletrabajo para todas las actividades y ocupaciones para las cuales es posible. Hasta finales de mayo se congelan los procedimientos de despido. Además, se brindó un protocolo compartido que regula las medidas para combatir y contener la propagación del virus Covid-19 en el lugar de trabajo (trabajo remoto, aliento a que trabajadores gocen su licencia paga, suspensión de actividades que no son indispensable para la producción, adoptar protocolos de seguridad contra el contagio, entre otros)

Por último, resulta interesante destacar el acuerdo tripartito que se llevo a cabo en Dinamarca. Los empleados pueden ser enviados a sus hogares y el gobierno cubrirá el 75% del salario, si la empresa promete no despedir a ningún trabajador por razones económicas. Las empresas deberán cubrir el 25% restante para garantizar que los empleados puedan mantener su salario completo. Los empleados contribuyen tomando cinco días de vacaciones anuales obligatorias.

Cuadro 2 – Síntesis de medidas de regulación laboral y apoyo al empleo

Fuente: Dirección de Estudios Económicos