En el siglo XXI lo único efectivo es la inclusión

Por Alfredo Asti (*) | @AlfredoAsti

El proceso de Inclusión Financiera que se viene desarrollando en nuestro país desde el año 2014 ha sido un ejemplo de diálogo con los distintos actores, emisarios, comerciantes y usuarios; y de flexibilidad por parte de las autoridades, quienes diseñaron una estrategia de implementación gradual, con base en un proceso de evaluación permanente.

Este proceso de monitoreo continuo ha derivado en la introducción de ajustes necesarios para mejorar y profundizar su implementación. Este tipo de actualizaciones se han desarrollado a nivel legislativo y reglamentario, pero también propiciando acuerdos entre partes.

Recordemos que el Programa de Inclusión Financiera busca universalizar el acceso a los servicios financieros por parte de toda la población y las empresas, y transformar y modernizar el sistema de pagos, volviéndolo más seguro, moderno y eficiente, apostando a la formalización mediante del uso de medios de pago electrónico, en sustitución del efectivo.

La inclusión financiera no es un tema para usuarios y comerciantes sofisticados sino de beneficios para toda la población. En particular, busca incluir a los sectores de usuarios y empresas más vulnerables, evitando su exclusión del sistema y la ampliación de la brecha que esto significaría, con respecto a quienes tienen mayor capacidad de adaptarse a los cambios tecnológicos y de innovación.

Entre los beneficios encontramos la rebaja en la tasa del IVA, las cuentas gratuitas con idénticos beneficios para todos los usuarios; el subsidio a los pequeños comercios para el arrendamiento de las terminales POS, facilitando su incorporación; la extensión de los puntos de extracción de dinero en efectivo a través de corresponsales (redes de pago, farmacias, estaciones de servicio y otros comercios de cercanía); y el impacto sobre la seguridad pública al haber menos efectivo en circulación, etc.

Luego de cuatro años de paulatina implementación, los avances son realmente significativos. Antes de la misma nuestro país estaba rezagado respecto a la región en materia de inclusión financiera. Hoy Uruguay es el país de la región con mayor crecimiento en la materia, al haber emitido en estos años más de un millón de nuevos instrumentos de pago electrónicos. Así lo destaca un estudio de la edición 2018 del Microscopio Global de inclusión financiera, elaborado por la unidad de inteligencia de la revista británica The Economist, que colocó a Uruguay en tercer lugar, entre 55 países emergentes, en avances al respecto.

Pero como en todo proceso, para seguir avanzando en los objetivos propuestos y continuar perfeccionando el Programa en todo el territorio nacional, se siguen proponiendo ajustes que mejoran y profundizan su implementación. En ese marco, el Poder Ejecutivo viene promoviendo desde hace más de un año, un acuerdo entre partes que acaba de concretarse y mejora notablemente la posición de los comerciantes, en particular de los de menor dimensión económica, en su relación con el fuerte sector de emisores de tarjetas y sus intermediarios.

Acuerdos alcanzados

Recientemente se alcanzaron tres acuerdos. Uno de ellos entre el BROU y el MEF con la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay, la Confederación Empresarial del Uruguay, CAMBADU, Asociación Nacional de Micro y Pequeños empresarios, la Asociación de Bancos Privados y adquirientes (intermediarios entre los comercios y los emisores de tarjetas), etc. Uno de los principales objetivos de este acuerdo es reducir gradualmente los aranceles máximos de las tarjetas de débito, los instrumentos de dinero electrónico y las tarjetas de crédito emitidas localmente, así como otras disposiciones que significarán mejoras importantes para todos los comercios del país.

La reducción de aranceles se concretará de acuerdo al incremento en el monto operado con dichos instrumentos. No obstante, a los dos meses de firmado el acuerdo se concretará una reducción inicial para las empresas de reducida dimensión económica como los Monotributistas y pequeñas empresas, que llevará el arancel máximo de tarjetas de débito e instrumentos de dinero electrónico emitidos en el país del 1,5% vigente a 1,3%, previendo reducciones adicionales posteriores en función del aumento de montos operados, alcanzando un 0,85%. Por otra parte, se acordó un esquema de reducción del arancel máximo de las tarjetas de crédito emitidas en el país, para las empresas de reducida dimensión económica, llevándolo del 4% actual a 3,5%, en un plazo máximo de dos meses de firmado el acuerdo. Aquí también se prevén reducciones adicionales hasta alcanzar un 2,25%.

Asimismo, el acuerdo prevé la reducción de la dispersión máxima de aranceles cobrados a los comercios, reducción del plazo de pago a los comercios a un máximo de un día, eliminar en un plazo máximo de dos meses todo costo administrativo distinto al arancel, y simplificar y homogeneizar los procedimientos administrativos.

Además, se estableció un acuerdo entre el MEF y el BROU con la Asociación de Feriantes del Uruguay, mediante el cual se busca la inclusión social y financiera del sector feriantes. Este acuerdo fue promovido por la propia asociación. Los feriantes accederán a otros beneficios a los que ya acceden las empresas de reducida dimensión económica como el subsidio al costo del arrendamiento mensual del POS que va decreciendo del 100% hasta junio de 2019 al 40% en junio de 2021.

También, a partir del 1º de noviembre, más de 1.000 taxis aceptan tarjetas de débito y crédito como medio de pago, incluyendo tarjeta STM.

Para quienes no conocen el entramado de relaciones sociales y políticas de las representaciones de comerciantes, parece difícil de entender que se perdiera más de un año, y en particular la temporada turística anterior, para cerrar este acuerdo, quizás esperando que se concretaran otras opciones políticas que podrían significar congelar por normas constitucionales a nuestro país en el siglo pasado, e indirectamente, afectar derechos fundamentales como la protección que brinda el seguro de accidentes de trabajo como contrato colectivo obligatorio.

El Proyecto

A su vez, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento un Proyecto de Ley que se divide en dos Títulos.

En el primero se le da un marco general al sistema de medios de pago electrónico, estableciendo una necesaria y reclamada regulación de los instrumentos de dinero electrónico, crédito y débito. Se busca un adecuado funcionamiento competitivo de los mercados involucrados y un conjunto de mecanismos que contribuyan a garantizar una adecuada protección al consumidor, otorgándole competencias al BCU y a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia. Por ejemplo, se regula la obligatoriedad de la comunicación de los contratos y los contenidos mínimos, dejando en claro para el usuario las cláusulas abusivas, etc.

El segundo título refiere a ajustes y precisiones a la Ley de Inclusión Financiera (Nº 19.210).

En primer lugar, se aclara expresamente una disposición ya vigente que permite el retiro de la totalidad de lo depositado por remuneraciones, pasividades y beneficios sociales, estableciendo que podrá ser en un solo acto y sin costo, como primera operación, luego de acreditados dichos depósitos.

En segundo lugar, se explicita que las zonas rurales están incluidas en el criterio de las localidades de menos de 2000 habitantes, es decir, que no es obligatorio el cobro de remuneraciones y honorarios por medios electrónicos hasta que cuenten con puntos de extracción de efectivo.

Se mantiene el derecho de todos los pasivos de tener acceso a cuentas gratuitas con medios electrónicos, pudiendo optar en cualquier momento por cobrar o no por estos medios. Esta disposición se toma en virtud que para este tipo de usuarios no existen posibilidades de informalidad, como sí puede ocurrir en el pago de remuneraciones y honorarios profesionales.

Asimismo, se otorga a los trabajadores la opción de elegir el prestador de las partidas referidas a alimentación, opción que antes sólo tenían los empresarios.

Por último, el nuevo texto flexibiliza, modifica y aclara normativa relacionada a la compraventa de valores superiores a 40.000 UI y 160.000 UI (vehículos e inmuebles). Por ejemplo, se establece que puedan realizarse pagos parciales (señas, saldos de precios, etc.) de hasta 8.000 UI, con cualquier medio incluido el efectivo; y se interpreta que la utilización de cualquiera de los medios de pagos admitidos para esas compraventas a nombre del escribano interviniente no constituirá inhibición al ejercicio de la profesión.

El Programa de Inclusión Financiera se enmarca dentro del conjunto de reformas estructurales que han venido desarrollando los gobiernos frenteamplistas desde 2005, consiste en uno de los componentes de la política de inclusión social llevada adelante y desde su implementación en 2014, se ha venido profundizando y democratizando el sistema financiero, incorporando a sectores de la población que antes estaban excluidos, mejorando la economía y la lucha contra el lavado de activos.

(*) Diputado de Asamblea Uruguay – Frente Amplio.