Gustavo Zubía acusado de generar pánico en la sociedad

Debaten > POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS EN URUGUAY

Hace mucho tiempo que el fiscal penal Gustavo Zubía sostiene un discurso basado en que en nuestro país no se cumplen las condenas, debido a la cantidad de institutos liberatorios que benefician a los delincuentes. Sin embargo, hay quienes discrepan con su postura dentro del Poder Judicial. El presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay, Alberto Reyes, lo criticó fuertemente por generar «pánico» en la sociedad: “La sensación que prima por sus dichos es que las penas no se cumplen, pero eso no es verdad”. Por su parte, la presidenta de la Asociación de Defensores de Oficio, Adriana Berezan, dijo que “Zubía tiene un error de concepto gravísimo”.

Por Magdalena Raffo | @MaleRaffo

A pesar de que el fiscal Gustavo Zubía es el vicepresidente electo de la Asociación de Fiscales del Uruguay, por lo general brinda opiniones personales y prefiere no hablar en nombre del gremio. Hace mucho tiempo que mantiene un discurso punitivo bastante en consonancia con la opinión pública, pero un poco más alejado de la visión del Poder Judicial.

En una entrevista que CRÓNICAS le realizó al Dr. Zubía en mayo, él insistió con la idea de que en Uruguay las penas no se cumplen porque el sistema es demasiado beneficioso para los delincuentes, declaraciones que llamaron la atención de algunos operadores judiciales, que quisieron dar su versión.

No es tan así

berezan
Dra. Adriana Berezan

“Para no cumplir la pena, aunque sean delitos graves, tienen, para empezar, la libertad anticipada”, sostuvo el fiscal en aquel diálogo. Sin embargo, para la Dra. Adriana Berezan, presidenta de la Asociación de Defensores de Oficio, ese planteo no es de recibo porque hoy la Suprema Corte de Justicia (SCJ) está tan exigente para otorgar dicho beneficio liberatorio, que a la mayoría de los reclusos que lo solicitan, se lo niega.

La abogada explicó que actualmente el 85% de los privados de libertad con pena de penitenciaría –que tienen un mínimo de condena de dos años-, sale de la cárcel al cumplir la totalidad de la pena. Agregó que según estadísticas de la SCJ, del 100% de libertades anticipadas que se solicitaron el año pasado, no se concedió más que el 22%.

“Yo creo que Zubía tiene un error de concepto gravísimo, porque se cumple pena porque alguien está condenado. El instituto liberatorio de la libertad anticipada es un derecho, pero no quiere decir que efectivamente sea concedido. Si la persona cumplió la mitad de la condena, tiene el derecho a pedir [el beneficio], pero en ningún lado está escrito que está obligado a ser liberado”, puntualizó.

En la misma línea, dijo que la posibilidad de no cumplir la pena total está prevista, y añadió: “¿Cuál es la idea de que las penas se tengan que cumplir en su totalidad? ¿Tener una persona que ingresó con un mínimo de capacidades sociales y que el Comcar la convierta en el peor de los monstruos? Muchísimas personas que salen no vuelven a la cárcel nunca más, porque solo quien está privado de libertad sabe lo que es sobrevivir allí”.

Cada vez menos

En concordancia con sus argumentos, el presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay, Dr. Alberto Reyes, aseguró que no es fácil que se otorgue la libertad anticipada en los casos de delitos graves, y cada vez pasa menos. “La rapiña, por ejemplo, tiene un mínimo de cuatro años y no es excarcelable; eso explica en gran parte la cantidad de presos que tenemos, y ellos, en principio, cumplen toda la pena”, justificó.

Dr. Alberto Reyes
Dr. Alberto Reyes

A su vez, criticó a Zubía por generar «pánico» en la sociedad: “Con su discurso consigue que se sancione una serie de mecanismos restrictivos de las libertades, y después, cuando las cárceles están por explotar, aparece la reacción del sistema político en el sentido contrario, de que hay que descongestionarlas. En este momento la sensación que prima por el discurso de Zubía es que las penas no se cumplen, que hay impunidad, pero eso no es verdad, las personas que tienen una imputación por un delito de gravedad, en su mayoría cumplen íntegramente la pena, salvo por la redención [de la pena por trabajo y estudio], que yo creo que habría que ajustarla”.

Discurso vigente

En su defensa, Zubía le dio gran importancia al 15% de libertades anticipadas que hoy concede la Corte, aunque admitió que la institución “está más dura” en cuanto a las exigencias para otorgarlas. Sobre la discusión central, que es si el delincuente cumple o no la pena, optó por señalar detalladamente algunas cifras.

El fiscal aseguró que la SCJ está aceptando casi en un 100% las libertades condicionales. Significa que al individuo que es procesado sin prisión, como está libre cuando llega la sentencia, le dan el beneficio de la libertad condicional o de la suspensión condicional de la pena, y no pasa un solo día en la cárcel. De todos los delitos cometidos, un 40% es procesado sin prisión.

“Mi posición sigue totalmente en pie, sigue siendo bajísimo el porcentaje de personas que realmente cumplen la totalidad de la pena en Uruguay, y son personas con múltiples antecedentes”, dijo Zubía.

Además, indicó que aproximadamente, otro 40%, que es procesado con prisión –pero sin pena de penitenciaría-, recupera su libertad, en general, entre los tres y los seis meses de privación de libertad. Luego es liberado, y al momento de la sentencia final, en un 95% no es reintegrado a la cárcel.

Del 20% restante, dijo Zubía, hay alrededor de un 15% que es liberado antes del cumplimiento de la totalidad de la pena –por el instituto de la libertad anticipada-, y un 85% que cumple la condena íntegramente.

En resumen, “un 40% no cumple nada, otro 40% cumple la quinta parte de la pena aproximadamente por la prisión preventiva, y del último 20%, un 15% no cumple la totalidad de la pena. Mi posición sigue totalmente en pie, sigue siendo bajísimo el porcentaje de personas que realmente cumplen la totalidad de la pena en Uruguay, y son personas con múltiples antecedentes”, concluyó.