Nuevo reglamento de la ley de armas “no tiene aspectos claros”

Ministerio del Interior – Será, a partir de ahora, juez y parte

La nueva reglamentación de la ley Nº 19.247 prevé que no se puedan poseer más de tres armas y que las mismas estarán vinculadas a la persona incluso si las mismas les son hurtadas. Además, prohíbe la tenencia para personas que sufran de problemas cardíacos, sordera o daltonismo, entre otras cosas. Para Marcelo de Brito,  juez de la Federación Uruguaya de Tiro, este marco normativo no perjudicará a la delincuencia, sino “a quienes cumplen con la ley”.

Por Anahí Acevedo  | @PapovAnahi

Luego de dos años de discusiones, la Ley Nº 19.247 –que contempla la tenencia, porte y tráfico de armas, municiones y explosivos– fue reglamentada el pasado 5 de diciembre, incorporando cambios que han despertado preocupación de quienes poseen la tenencia legal de armas. En este escenario, la Asociación de Coleccionistas de Armas y Municiones, el Club Uruguayo de Tiro, la Asociación Uruguaya de Tenedores Responsables de Armas de Fuego y la Cámara de Importadores de Armas y Municiones, Cazadores, Armerías y otros, impugnarán el decreto.

Marcelo de Brito, juez de la Federación Uruguaya de Tiro, coleccionista y tirador, en diálogo con CRÓNICAS mostró su descontento con el nuevo marco legal y aseguró que el mismo no posee aspectos claros. “Está muy complicado. Hay cosas que se ve que no las terminaron de pensar del todo porque llevarlas a la práctica es imposible”, dijo.  Asimismo, expuso que hasta el momento se han recolectado 3.000 firmas para impugnar el decreto y presentar un recurso de amparo.

“La normativa está muy bien intencionada, pero afecta a quienes realmente cumplimos con la ley, tenemos todos los papeles en regla y presentamos una declaración jurada”, puntualizó.

Para De Brito la nueva reglamentación afectará más que nada a los nuevos usuarios de armas gracias a las exigencias físicas que se prevén. Empero, dijo que las oficinas encargadas de hacerlo no han instrumentado la normativa “porque les tiraron un paquetón que no saben cómo armarlo”.

A la vez, observó que la normativa otorga “todo el poder” al Ministerio del Interior (MI). “El Ministerio de Defensa Nacional (MDN), a través del Servicio de Material y Armamento (SMA) era quien tenía las guías de arma de fuego, y el MI, era quien daba la tenencia de armas de fuego y el porte de armas de fuego. Ahora el MI pasa a ser juez y parte, sabrá lo que yo tengo y será quien me aplique la licencia. Si mañana me dicen que no me renuevan la licencia, ¿qué hago con el patrimonio que tengo de armas?”, se preguntó.

Solo tres

La reglamentación dispone que el Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas (Thata) tendrá una vigencia de 3 años, vinculará directamente a la persona con el arma que se adquirirá y habilitará al solicitante a adquirir tres armas como máximo. Es decir que, en caso de que alguna de ellas fuera hurtada, la misma seguirá vinculada a su dueño original haciendo que no pueda obtener una que la suplante.

De Brito aseguró que anteriormente si se tenía una tenencia de armas, el usuario podía poseer el número que se desee dentro de los calibres permitidos. Al mismo tiempo, los coleccionistas podían tener la cantidad de armas que quisieran con los calibres que se deseara.

A la vez, expresó que este aspecto normativo “es ridículo”  y que es “una de las partes espantosas” que tiene la ley. Hasta antes de la reglamentación si se sufría el robo de un arma se debía realizar la denuncia para que se diera de baja tanto el arma como la guía de la misma.

No obstante, señaló que no cree que esta disposición favorezca el robo de armas a coleccionistas, puesto que, por ley, las armas deben estar guardadas separadas de su mecanismo de funcionamiento. En este sentido, dijo: “A la delincuencia no le va a cambiar nada. Los proveedores de arma de fuego no somos los coleccionistas. Desde hace unos años hasta ahora los delincuentes tienen pistolas nueve milímetros. Se dio la casualidad, justo, que es a partir de cuando al Ministerio del Interior le adjudicaron las pistolas nueve milímetros”.

Al mismo tiempo, el marco legal prevé que se pueda extender el permiso para tener una cuarta arma en caso de que una autoridad policial así lo decrete. “La normativa tiene que ser nacional. Si un ciudadano presenta todos los requisitos para que se adjudique no debe haber ningún tipo de problemas, pero que quede a criterio de alguien es muy ambiguo”, formuló.

Si es sordo no dispare

“La nueva normativa tiene una parte sobre las exigencias físicas para los tenedores de armas que es realmente una ridiculez”, opinó De Brito acerca de las nuevas prohibiciones de tener un arma si se padece sordera, problemas al corazón o si se es daltónico.

En esta línea, indicó que “un limbo” que tiene la reglamentación es que se desconoce qué sucedería en el caso de que quien ya tiene el Thata comenzara a sufrir alguno de los padecimientos que prohíben la tenencia de armas.

Fusiles históricos

Además, De Brito expresó que la reglamentación prohíbe a los coleccionistas tener cualquier tipo de armas, tales como una ametralladora o un fusil. Aseguró que no está claro qué sucedería con las armas que ya tienen los coleccionistas en caso de que estos fallezcan, y aseguró que en un principio la ley hablaba de destrucción, una disposición que finalmente cambió.

“Ha sido un tema bastante complicado porque si lo miras desde el punto de vista armamentístico es una ametralladora pero hay cosas que tienen otro valor. Un fusil de la Segunda Guerra Mundial tiene un valor histórico internacional”, sostuvo.

Además, hizo referencia al artículo 51 de la ley que indica que “el Ministerio del Interior realizará el registro balístico de las armas de fuego que se adquieran en las Armerías, de las que sean objeto de compraventa entre particulares, de las que sean objeto de renovaciones del Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas y de las que sean voluntariamente entregadas al Ministerio del Interior”.

Alegó que para que esto sea posible se debe llevar las armas a Policía Técnica y emitir un disparo para registrar la huella de cada una. En Uruguay hay 1.100.000 armas según la organización Gun Policy de la Universidad de Sydney. De Brito se preguntó cuánto tiempo tendrían que estar las armas en ese lugar y qué sucedería si aquellas que poseen un valor histórico muy importante se dañaran. Asimismo, dijo que hay fusiles de caza africana que rondan los 30 y 50 mil dólares.