Certificados de origen digitales (COD) serán obligatorios a partir del próximo 1º de febrero

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La Cámara de Industrias del Uruguay comunica la obligatoriedad de certificados de origen digitales para exportaciones al MERCOSUR y recuerda los beneficios de su Plataforma de Certificación Electrónica (www.pceciu.com)

El Decreto 4/2020, de fecha 13 de enero de 2020, dispuso que a partir del próximo 1º de febrero, todas las entidades habilitadas para la emisión de Certificados de Origen, deberán emitir los mismos, exclusivamente, en formato digital, tomando como referencia las especificaciones técnicas, procedimientos y demás parámetros establecidos por la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

Tal obligatoriedad alcanza a las exportaciones que se cursen a Argentina, al amparo del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) Nº 18 (MERCOSUR) y ACE Nº 57 (Argentina-Uruguay, Sector Automotriz), y a Brasil, al amparo del ACE Nº 18 (MERCOSUR) y ACE Nº 2 (PEC; Brasil-Uruguay).

Dicha disposición llega luego de un largo proceso de transición, iniciado en al año 2018, el que hemos venido transitando junto a exportadores y usuarios de nuestros servicios de certificación de origen, preparándonos y poniéndonos a punto para la prestación de un servicio de calidad acorde a las circunstancias.

Con tal intención, hemos desarrollado nuestra propia herramienta de gestión integral de certificados de origen digitales, al igual que sus correspondientes Declaraciones Juradas de Origen, a través de la Plataforma de Certificación Electrónica (PCE) de la Cámara de Industrias del Uruguay: www.pceciu.com.uy

La PCE fue un muy importante esfuerzo de desarrollo propio, focalizada en ofrecer a los usuarios una absoluta seguridad de la información y la más estricta confidencialidad en el uso de los datos.

Asimismo, apunta a constituirse en un portal de servicios para el exportador, iniciando con una amigable herramienta de gestión integral de Declaraciones Juradas de Origen virtuales (DJOv) y Certificados de Origen virtuales (COv), todo conforme al marco normativo vigente, y al paulatino agregado de nuevos módulos, como el que ya hemos agregado para la contratación de seguros, tanto en materia de riesgo en el transporte internacional de cargas, como de cobro de una exportación.

DJOv

En el Módulo DJOv de la PCE, el usuario podrá preparar, presentar y firmar Declaraciones Juradas de Origen para diversos Acuerdos Comerciales Preferenciales de los que Uruguay es parte signataria.

A partir de información básica respecto a la composición del producto, el Módulo DJOv ofrece una rutina muy amigable de carga de datos y permite cumplir con todas las formalidades de confección de las declaraciones.

Entre otras funcionalidades y prestaciones, siempre que se trate de un mismo producto y de una misma composición, se puede replicar una DJOv para presentarla en tantos Acuerdos como se tenga la necesidad de hacerlo; se cuenta con la posibilidad de preparar una DJOv en el tiempo y ocasiones que se desee; se pueden asociar los comprobantes de compra de insumos y demás documentos vinculados (facturas, Certificados de Origen, etc.), como “evidencias” en formato “.pdf”; en el caso de insumos importados, basta que se indique el número de DUA correspondiente a tal importación; se puede firmar electrónicamente la declaración; etc.

COv

En el Módulo COv de la PCE, se pueden gestionar certificados de origen, a la fecha, al amparo del ACE 2 (Uruguay-Brasil), ACE 18 (MERCOSUR) y ACE 57 (Uruguay-Argentina). Próximamente, cuando a nivel oficial las partes lo acuerden, se incorporarán las emisiones al amparo del ACE 18 (MERCOSUR) con destino a Paraguay, del ACE 35 (MERCOSUR-Chile) y del ACE 60 (TLC Uruguay-México).

Debe destacarse que a través de este Módulo, la CIU continúa ofreciendo su servicio de preparación de los certificados, los que a través del módulo de firmas, el solicitante confirma y firma electrónicamente.

Es decir, más allá de los beneficios que conlleva la digitalización del proceso, la CIU continúa llevando a su mínima expresión el esfuerzo de gestión que el exportador debe realizar para la obtención de sus certificados.

Asimismo, se recuerda que al utilizar la PCE y el Módulo COv para la obtención de certificados de origen, es posible acceder al beneficio de un único pago mensual por el servicio de certificación.

A quienes aún no hayan incursionado en este nuevo régimen de certificación, los invitamos a procurar su firma digital a través de algunas de las siguientes instituciones emisoras de Certificados de Identificación Digital (CID): El Correo Uruguayo, Abitab o el Ministerio del Interior (por intermedio de la Cédula de Identidad con chip).

Debe tenerse presente que pueden firmar Certificados de Origen y Declaraciones Juradas de Origen de manera electrónica, exclusivamente aquellas personas cuyos nombres y datos personales consten en certificaciones notariales presentadas a tales efectos ante el Departamento de Administración de Convenios Internacionales (DACI).


Por más información:

Departamento de Administración de Convenios Internacionales (DACI)
daci@ciu.com.uy
(+598) 2915 5200
Zabala 1378
www.pceciu.com.uy