Creación de la Unidad Reguladora de Servicios Portuarios

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El Poder Ejecutivo presentó el pasado 18 de agosto un proyecto de ley al Parlamento, proponiendo crear una Unidad Reguladora de Servicios Portuarios (Ursep). Analizamos a continuación los principales aspectos de este proyecto.

Por Sofía Moyano Lussich (*)

  1. En qué consiste el proyecto

El Poder Ejecutivo propone crear la Ursep como entidad estatal descentralizada, vinculada al Poder Ejecutivo para que asesore a este y a la Administración Nacional de Puertos (ANP) en materia de prestación de servicios portuarios, estructura tarifaria y brinde asesoramiento técnico general.

De esta forma, se pretende crear una entidad estatal técnica independiente con el fin de fortalecer la toma de decisiones en materia tarifaria, así como en procedimientos de habilitaciones de servicios portuarios, a través del asesoramiento técnico. En este sentido, el Poder Ejecutivo argumentó su propuesta en la exposición de motivos que acompaña al proyecto, basado en la necesidad de fortalecer la regulación y control del sector portuario, siendo necesario para tales efectos, el asesoramiento permanente, técnico e imparcial en la materia.

  • Competencias de la Ursep

Se proponen como competencias de la Ursep:

  • Evaluar, sobre criterios técnicos independientes y siguiendo las mejores prácticas en la materia, las tarifas y precios de los servicios que se presten en régimen de concesión, formulando las recomendaciones que entienda del caso e informando al Poder Ejecutivo o a la ANP, según corresponda, sobre aquellas tarifas que requieran su consideración y aprobación. A tales efectos, se prevé la facultad de constituir comisiones técnicas integradas por representantes tanto del sector público como privado.

En cuanto al asesoramiento en materia tarifaria, el proyecto establece que tienen como objetivo principal el monitoreo y evaluación de las tarifas para que reflejen los costos del servicio y contribuyan a una competitividad eficiente.

  • Asesorar al Poder Ejecutivo y a la ANP, según corresponda, en los procedimientos de otorgamiento de concesiones, permisos, autorizaciones u otros actos jurídicos habilitantes para la prestación de servicios portuarios.
  • Asesorar a la ANP en el control del cumplimiento de las normas jurídicas y técnicas aplicables por parte de los operadores públicos y privados, prestadores de servicios portuarios, pudiendo requerirles la información y documentación necesaria para cumplir estos cometidos.
  • Asesorar y constituir, cuando corresponda, tribunales arbitrales que diriman conflictos entre los operadores públicos o privados de servicios portuarios que lo soliciten.

Asimismo, bajo el proyecto se prevé que el Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Ursep, podrá:

  • Establecer regímenes específicos de funcionamiento de las terminales portuarias otorgadas bajo el régimen de concesión, con la finalidad de incentivar la actividad de dichas terminales.
  • Determinar restricciones o limitaciones a la actividad de aquellos operadores portuarios que no se encuentren habilitados por un contrato de concesión, a los efectos de que los concesionarios alcancen la escala necesaria para maximizar su eficiencia.
  • Vinculación con el Poder Ejecutivo e integración de la Ursep

Administrativamente, la Ursep se vinculará al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, actuando con autonomía técnica y pudiendo comunicarse directamente con todos los órganos del Estado.

En cuanto a su integración, se propone que sea dirigida por un directorio integrado por tres miembros, que durarán seis años en el ejercicio de sus cargos, percibiendo una remuneración que no podrá superar a la de los integrantes del directorio de la ANP, siendo designados conforme el procedimiento previsto en el artículo 187 de la Constitución que establece en el primer inciso: “Los miembros de los Directorios y los Directores Generales que no sean de carácter electivo, serán designados por el Presidente de la República en acuerdo con el Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuesta motivada en las condiciones personales, funcionales y técnicas, por un número de votos equivalente a tres quintos de los componentes elegidos conforme al artículo 94, inciso primero”.

Cabe referir que, bajo el proyecto, se establece que los integrantes del directorio de la Ursep no podrán desempeñar actividades profesionales o de representación en el ámbito público o privado, que se vinculen a la competencia de la nueva unidad reguladora, salvo la actividad docente. En este mismo sentido, los integrantes del directorio tampoco podrán tener vinculación profesional -directa o indirecta- con directores, síndicos o personal gerencial de operadores alcanzados por la competencia de la entidad.

  • Consideraciones finales

La propuesta del proyecto contempla la creación de un Servicio Descentralizado que, con independencia técnica, se relacionará con el Poder Ejecutivo en todo lo vinculado a servicios portuarios y logística, tal como ya existen, en materia de comunicaciones, la Ursec (comunicaciones) y para servicios de energía y agua, la Ursea.

Tal como refiere la exposición de motivos que lo acompaña, el proyecto busca crear un ámbito institucional independiente y eminentemente técnico, con el fin de coadyuvar a fortalecer la toma de decisiones en materia tarifaria y en procedimientos de habilitación de servicios portuarios, en los que la coordinación y apreciación técnica resulta especialmente relevante para la toma de decisiones en este ámbito sectorial público privado. No obstante, es de esperar que algunos de los puntos que se plantean en el proyecto sean discutidos y, eventualmente, modificados en la discusión parlamentaria, por lo que habrá que estar atentos al mencionado debate y al texto que eventualmente se apruebe.

(*) Integrante de Galante & Martins