Modificaciones en las pautas de los proyectos Comap

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La Comap incorporó modificaciones en las pautas para la presentación de proyectos de inversión y la obtención de beneficios, determinando cambios vinculados a las inversiones elegibles y a los indicadores.

Por: Cra. Natalia Silva (*)

El 3 de febrero de este año, la Comap emitió nuevos Criterios Básicos Generales de Funcionamiento para la aplicación del vigente Decreto 268/020 de octubre del año pasado, el cual reglamenta la Ley de Promoción de Inversiones, introduciendo cambios en las inversiones elegibles y en algunos indicadores.

Inversiones elegibles

Dentro de las inversiones elegibles en los proyectos promovidos se encuentran los vehículos utilitarios, los cuales se podían incluir en un proyecto cualquiera fuera su valor. A partir del 3 de febrero, los vehículos utilitarios camionetas y furgones serán elegibles si se destinan directamente a la actividad de la empresa y su valor CIF no supera los US$ 30.000. Si estos vehículos fueran eléctricos, el valor CIF no podrá superar los US$ 60.000.

Se mantiene la elegibilidad de los vehículos de pasajeros para los proyectos presentados bajo el amparo del Decreto 268/020 y hasta el 31 de agosto de 2023, siempre y cuando cumpla la condición de contar con motorización exclusivamente eléctrica cuya batería de densidad gravimétrica sea mayor o igual a 100 Wh/kg y que se destinen directamente a la actividad de la empresa. Para el caso de los automóviles, el valor de importación CIF no puede superar los U$S 60.000.

Es importante destacar que continúa la restricción que establece que los vehículos de pasajeros eléctricos pueden representar como máximo el 25% del total del proyecto de inversión, salvo que se trate de un proyecto para la adquisición de toda una flota exclusivamente eléctrica (cinco o más vehículos).

Por otra parte, también vale comentar que se mantiene el tope de las Inversiones en energía de fuentes renovables-paneles solares, las cuales pueden representar como máximo el 20% del total del proyecto, debiéndose además computar al menos 2 puntos ponderados en el indicador Empleo.

Las nuevas pautas introducen también un cambio en la elegibilidad de bienes usados. Los bienes usados deben ser adquiridos en plaza, estar directa o indirectamente afectados al proceso productivo, no pueden haber sido objeto de beneficios fiscales con anterioridad, y ahora se incorpora que su antigüedad no supere los tres años desde la primera adquisición en el país.

También se actualizaron a los efectos de la inversión elegible, las cantidades máximas de plantines (plantas de vivero) por hectárea y el precio máximo por plantín.

Indicadores

Se modifican aspectos de algunos indicadores tales como Descentralización, Tecnología limpia, Diferenciación de productos y procesos, Contribución a las exportaciones del sector agropecuario y Nivel tecnológico del producto elaborado.

Se actualizó el indicador Descentralización, definiendo los nuevos puntos por departamento, en función de la evolución de la tasa de empleo promedio trianual tomando el último trienio cerrado al 2020 con respecto al trienio 2012-2014 de mayor nivel de empleo, con base en la Encuesta Continua de Hogares.

En la tabla adjunta se muestran los valores del indicador desde la vigencia del Decreto 268/020 y los actuales.

Indicador DescentralizaciónA partir del 03/02/2022Anterior: 11/12/2020-02/02/2022
San José106
Colonia1010
Treinta y Tres105
Tacuarembó910
Rivera94
Cerro Largo98
Maldonado88
Lavalleja84
Artigas86
Flores74
Soriano74
Paysandú610
Florida67
Rocha65
Canelones57
Río Negro56
Durazno54
Montevideo46
Salto49

Con respecto al indicador Tecnologías limpias se aclaró sobre la elegibilidad de los autoelevadores eléctricos. Los autoelevadores que puntúan siguen siendo aquellos que cuentan con motorización exclusivamente eléctrica con batería de litio o formada por celdas de densidad de energía gravimétrica mayor o igual a 100 Wh/Kg, pero se especificó que no se incluyen las apiladoras, transpaletas, carretillas elevadoras, recogepedidos, zorras, reachtrucks, stackers y electric pallet trucks.

Se actualizó también el listado de certificaciones admitidas para indicador sectorial Diferenciación de productos y procesos para el sector comercio y servicios y el agropecuario. Se incluyeron las siguientes certificaciones, algunas de las cuales son específicas para uno de los dos sectores mencionados:

  • ISCC (International Sustainability & Carbon Certification) ISCC-EU» e «ISCC+» (solo comercio y servicios)
  • BRCGS Inocuidad Alimentaria GFSI
  • FSSC 22000 Inocuidad Alimentaria GFSI
  • GLOBALG A.P. Buenas Prácticas Agrícolas GFSI (solo agropecuario)
  • ISO -13485 Gestión de la Calidad dispositivos médicos
  • ISO -28001 Gestión de la Calidad para la cadena de suministro
  • ISO 14064-1 Verificación de Gases de Efecto de Invernadero en Organizaciones
  • ISO 14067 Verificación de Gases Efecto de Invernadero en Productos (solo agropecuario)
  • Certificación para Líneas de Trasmisión Sostenible (solo comercio y servicios)

En el indicador Nivel Tecnológico del producto elaborado se incluyó al hidrógeno verde.

Por último, otro indicador sectorial actualizado fue el de Contribución a las exportaciones del sector agropecuario. En este caso se agregaron tres productos con sus correspondientes coeficientes, los cuales determinan cuánto se considera exportaciones del total de su producción: Sorgo (2%), Colza-Canola (80%) y Brassica carinata (100%).

 (*) Contadora Pública, gerente del Departamento de Consultoría de CARLE & ANDRIOLI, firma miembro de GGI Global Alliance.