Uruguay crea la ley 19617, que establece una cobertura gratuita para aquellas personas que tengan problemas de fertilidad y deseen ser padres o madres. Se reconoce en dicha ley el derecho a tratamientos de reproducción asistida gratuita o de bajo costo, formando así del Sistema Integrado de Salud.
Por Ximena Méndez Castillo (*)
La ley define qué entiende por técnicas de reproducción humana asistida como el “conjunto de tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación de gametos o embriones humanos” con el fin de alcanzar el embarazo deseado.
Normativa de cobertura para infertilidad
La normativa define las pautas para el tratamiento de la infertilidad humana y la oncofertilidad mediante técnicas de reproducción asistida de alta complejidad, las cuales son reguladas por el Fondo Nacional de Recursos (FNR). Este fondo se encarga de financiar procedimientos médicos especializados y medicamentos de alto costo. La normativa fue actualizada en mayo de 2024 y puede consultarse en www.fnr.gub.uy. Además, incluye indicaciones que cuentan con cobertura financiera para los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud.
Las técnicas de reproducción asistida que quedan bajo el marco de la ley
“Quedan incluidas dentro de las técnicas de reproducción humana asistida la inducción de la ovulación, la inseminación artificial, la microinyección espermática (ICSI), el diagnóstico genético preimplantacional, la fecundación in vitro, la transferencia de embriones, la transferencia intratubárica de gametos, la transferencia intratubárica de cigotos, la transferencia intratubárica de embriones, la criopreservación de gametos y embriones, la donación de gametos y embriones”, entre otros.
Es menester destacar que para aquellas técnicas que no estén reguladas en la presente ley y se pretenda que sean cubiertas por este sistema de salud, se requerirá de la autorización del Ministerio de Salud Pública, previo informe favorable por parte de la Comisión Honoraria de Producción Humana Asistida.
Ley y regulaciones sobre reproducción asistida
La Ley N° 19167 regula las técnicas de reproducción humana asistida y establece requisitos para las instituciones que las realizan.
Definición y causas de infertilidad
La infertilidad se define como la incapacidad de lograr un embarazo clínico tras 12 meses de relaciones sexuales no protegidas.
Objetivos de los tratamientos de reproducción asistida
Los tratamientos tienen como finalidad mejorar las posibilidades de fertilización y facilitar la concepción de un embarazo saludable y único.
Estructura y requisitos para técnicas de reproducción asistida
La realización de técnicas de reproducción asistida requiere una infraestructura adecuada y el cumplimiento de normativas específicas. La cobertura financiera está sujeta a la evaluación de la eficiencia del centro y los resultados obtenidos.
Criterios de inclusión para cobertura financiera
La cobertura financiera del tratamiento de reproducción asistida está sujeta a criterios específicos relacionados con la edad de la mujer y condiciones de infertilidad.
- Se requiere que la mujer tenga entre 18 y 40 años y cumpla con criterios de infertilidad.
- Se consideran fallos en tratamientos de baja complejidad y condiciones médicas específicas.
- La cobertura incluye hasta tres ciclos de transferencia embrionaria por ciclo de estimulación.
Conclusión
La reproducción asistida en Uruguay es un tema que ha avanzado bastante en los últimos años, con un marco legal que busca garantizar derechos y acceso a quienes lo necesitan. La legislación uruguaya ha permitido que muchas parejas y personas puedan cumplir su deseo de ser padres, promoviendo la igualdad y la protección de los derechos reproductivos. Sin embargo, todavía existen desafíos, como la accesibilidad y la información, que pueden mejorarse para que más personas puedan beneficiarse de estos avances. En general, la reproducción asistida en Uruguay refleja un compromiso con la salud reproductiva y los derechos humanos, y sigue siendo un campo en crecimiento y evolución.
(*) Integrante del Equipo Legal de Galante & Martins