Uruguay y Japón firmaron convenio para evitar doble imposición e intercambio de información tributaria

En Uruguay > aplicará al IRPF, IRAE, IASS e IRNR

Javier Otegui, Tatsuhiro Shindo, Isidoro Hodara, y Juan Ignacio Troccoli

Ambas naciones firmaron este instrumento con el objetivo de aumentar el flujo comercial entre ellos, así como reforzar la cooperación en materia tributaria, para poder captar más inversiones. Para que entre en vigencia, solo falta que los dos parlamentos lo aprueben.

En un evento organizado por la Cámara Uruguayo Japonesa de Comercio e Industria, se detalló sobre un convenio firmado en setiembre entre Uruguay y Japón. El mismo entrará en vigencia luego de ser aprobado por los parlamentos de ambos países. En este sentido, el presidente de la Cámara, Isidoro Hodara, señaló que no ve ninguna razón para que no tenga una rápida aprobación.

El acuerdo tiene como objetivos desarrollar relaciones económicas, reforzar la cooperación en materia tributaria y eliminar la doble imposición en impuestos a la renta.

El evento contó con la presencia del Embajador japonés en Uruguay, Tatsuhiro Shindo, quien resaltó que el vínculo entre ambas naciones se está profundizando cada vez más. Añadió, en la misma línea que Hodara, que espera que el proceso de entrada en vigor del convenio sea “lo más fluido posible” para mejorar el ambiente de negociación e inversión entre ambas naciones.

Lo técnico

El contador Javier Otegui, de la firma Guyer & Regules, a su turno, primero explicó qué es una doble imposición internacional. Esto es, cuando una persona -sea física o jurídica- está siendo gravada por impuestos por dos Estados sobre la misma renta o patrimonio al mismo tiempo.

De esta manera, un convenio para evitar la doble imposición se trata de un acuerdo internacional suscrito entre dos países. Se establecen las reglas de reparto de la potestad tributaria entre ambos, y se marcan límites de gravabilidad sobre una renta o elemento patrimonial, profundizó Otegui.

Asimismo, para los casos que persista la doble imposición internacional, se establecen mecanismos para eliminar la misma. Además, establecen también mecanismos para la colaboración de los países mediante el intercambio de información tributaria.

El sol naciente

A continuación, Juan Ignacio Troccoli, contador de Andersen Tax & Legal consideró relevante el acuerdo para Uruguay, “porque sigue dándonos oportunidades de ser un país atractivo a la inversión extranjera”, lo cual es muy importante para el desarrollo de nuestra economía.

El convenio, entonces, comprende los impuestos sobre la renta. Para Uruguay aplicará a los impuestos a la Renta de Actividades Económicas (IRAE), a la Renta de Personas Físicas (IRPF), al de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), y al IRNR.

Así, el convenio, además de eliminar la doble imposición, trae beneficios en otras materias. Esto es, en lo relacionado a rentas inmobiliarias, regalías, ganancias de capital y renta de trabajo dependiente, entre otros.