¿Qué implicaría la derogación de la LUC en materia educativa? Legisladores responden

Son 34 los artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) referidos al área educativa, de los 135 que la Comisión Pro Referéndum pretende derogar. Los diputados que integran la Comisión de Educación de la Cámara Baja, Felipe Schipani (Partido Colorado) y Sebastián Sabini (Frente Amplio), conversaron con CRÓNICAS acerca de los efectos que tendría la eliminación de los cambios establecidos en la mencionada norma.

Por Magdalena Raffo | @MaleRaffo

La LUC define una serie de medidas que, según la coalición de gobierno, servirán para garantizar una mejor educación en el país. No obstante, la oposición argumenta que es necesario que se deroguen los artículos en cuestión, en el entendido de que mantener la ley vigente generaría muchos “riesgos” de desandar el camino realizado por las administraciones anteriores en esa área.

En el capítulo relativo al sistema educativo, una de las grandes transformaciones que defiende la alianza multicolor refiere a la gobernanza de la educación, donde se generó un cambio en los consejos desconcentrados. De ese modo, Primaria, Secundaria y UTU pasaron a ser direcciones generales unipersonales y se integraron al Consejo Directivo Central (Codicen) con voz, pero sin voto.

De acuerdo con el diputado Schipani, esto le dio más dinamismo y armonía al funcionamiento de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), donde ahora “hay una mirada genérica en las decisiones que se toman, y sería un retroceso volver a lo anterior”. Inclusive, sostuvo que en la comisión investigadora sobre las presuntas licencias irregulares de docentes de Fenapes, ha quedado demostrado “lo pernicioso que puede llegar a ser la participación de los sindicatos en la construcción de la educación”.

Además, explicó que en el proceso de modificaciones educativas profundas que están iniciando las autoridades actuales, derogar la nueva gobernanza sería como tirarle “un misil” a la propia reforma, dado que es el pilar en el que esta se sostiene.

Por el contrario, Sabini planteó que la eliminación de los consejos desconcentrados, sustituyéndolos por direcciones de carácter unipersonal, va en contra de la participación social. “No es como se ha dicho por ahí de que son representantes de los sindicatos, de hecho, el propio Robert Silva (presidente del Codicen) fue representante docente y no era de la lista sindical”, justificó.

Docentes con título universitario

Otro de los cambios destacados de la LUC en esta materia es el carácter universitario que se le da a la formación docente, una antigua reivindicación de profesores y maestros. La norma prevé un mecanismo de acreditación de la carrera que permite que los egresados de los institutos docentes del país tengan un título universitario.

Quiere decir que, si se deroga, se eliminaría esa posibilidad, advirtió Schipani. “Esto hace que los docentes egresados de las instituciones públicas estén en igualdad de condiciones con los que se forman en las universidades privadas. Hoy un profesor de la Universidad de Montevideo, por ejemplo, tiene rango universitario”, señaló.

En cambio, para el Frente Amplio (FA), ese objetivo debería lograrse de otra manera: a través de la creación de la Universidad de la Educación, que modifique las metodologías, el organigrama y las prácticas educativas de la formación docente.

“Es muy curioso, porque el ministro (de Educación, Pablo da Silveira) antes de asumir ese cargo decía que constituir una universidad en este caso, lo único que iba a hacer era cambiarle la chapa a la titulación, es decir, que pase de ser terciaria a universitaria, y en realidad lo que generaron fue un proceso de acreditación, sin ninguna transformación de fondo; eso sí es cambiarle la chapa”, subrayó Sabini.

La integración del sector privado

Los detractores de esta ley también la han criticado por considerar que recorta la participación social en la enseñanza y habilita una mayor intervención del sistema educativo privado.

El diputado frenteamplista afirmó que la fuerza política que integra no comparte la medida de que actores de la educación privada estén integrados en los ámbitos de definición de políticas, como la Comisión Coordinadora de la Educación creada por la LUC. A su entender, eso es inconstitucional y viola la laicidad, pues pone en pie de igualdad al sector público con el privado. A su vez, lamentó que la ley haya suprimido “todas las referencias a lo público”.

Sin embargo, su par colorado comentó que lo que la normativa vigente hace es incorporar al sector privado de la educación, que “cuando se sancionó la Ley de Educación fue absolutamente discriminado”. En esa línea, manifestó que quienes defienden la LUC conciben la educación “como un todo”, sin perjuicio de lo cual sigue habiendo ámbitos de coordinación de la educación pública. “No podemos segregar a un actor tan relevante como las instituciones privadas. El FA tiene un enorme prejuicio, pero es absurdo plantear que se está privatizando”, aseguró.


Las facultades del MEC

En lo que respecta a las competencias que la LUC le otorga al Ministerio de Educación y Cultura (MEC), el FA está en contra, entre otras cosas, de que pase a tener a su cargo los procedimientos de reválidas de las carreras terciarias y de reconocimiento de títulos obtenidos en el extranjero, lo que antiguamente era potestad de la Universidad de la República (Udelar).

Asimismo, Sabini opinó que “la ley es absolutamente centralizadora de la toma de decisiones, primero en el Codicen y luego en el MEC, con la eliminación de los consejos y con el hecho de que el Plan Nacional de Educación deba ser confeccionado por el Ministerio en conjunto con el Codicen, pasándole por arriba a las atribuciones” de este último.

Por su parte, Schipani expresó que el MEC es un actor importante de la política educativa del país y sigue cumpliendo ese rol. Dijo también que es “sensato” que se encargue de las reválidas, puesto que el sistema universitario “excede” a la Udelar, y que forme parte de la construcción del plan educativo. “No coincido en que se esté lesionando en absoluto la autonomía de ninguno de los entes autónomos”, sentenció.