Jurisdicción de ANP alcanza solo el recinto portuario, y lo que ocurra fuera es potestad de otros organismos, según su vicepresidente

Uruguay es el único país de la costa este de América del Sur que ha refrendado acuerdo para eliminar la pesca ilegal

En medios nacionales e internacionales trascendió hace algunas semanas la existencia de supuestas irregularidades o falta de control en el puerto de Montevideo. Esto se relacionaba, principalmente, a la circulación de buques pesqueros de bandera china, cuyo accionar, aparentemente, tenía carácter irregular. Al respecto, el vicepresidente de la Administración Nacional de Puertos (ANP), Danier Loureiro, explicó que “como autoridad portuaria nuestra jurisdicción alcanza hasta el recinto portuario, y que lo que ocurra fuera es potestad de otras instituciones”.

El puerto de Montevideo viene siendo foco de duras críticas, principalmente provenientes de medios periodísticos de Argentina, que acusan a la terminal uruguaya de ausencia de controles, permitiendo a embarcaciones, principalmente de origen chino, pescar ilegalmente en aguas de la región.

Uno de ellos fue Infobae, que citando estudios académicos e investigaciones independientes de organizaciones ambientalistas, marcan al puerto capitalino como uno de los preferidos de las flotas pesqueras extranjeras, compuestas principalmente por embarcaciones chinas que incurren en actividades de pesca igual, no reglamentada y no declarada (Indnr). El artículo va más allá, y señala acusaciones de “casos registrados de que estas naves de aguas distantes llegan al puerto para dejar tripulantes muertos en tierra firme”.

El puerto uruguayo sirve como un centro para el desembarque, transbordo, procesamiento y reexportación. El problema, según se explica, no es que esta terminal reciba embarcaciones extranjeras, “sino que las autoridades no supervisen correctamente a estos barcos y que incluso reciban a buques con historiales oscuros”.

El especialista en conservación marina y experto en pesca ilegal en Latinoamérica, Milko Schvartzman, aseguró que en 2019, las autoridades uruguayas supervisaron a 33 de las 320 embarcaciones que atracaron en el puerto, y que solo una era de bandera china, pese a que la mayoría son embarcaciones de ese origen y ninguna fue sancionada.

Asimismo, un informe del 2018 de la organización Océanos Sanos aseguró que “el Puerto de Montevideo está catalogado como el segundo a nivel mundial en recibir pesca de transbordo sospechada de ser Indnr”. En el citado artículo se recuerda que el senador del Partido Nacional, Gustavo Penadés, dijo en 2021 que es falso que “Montevideo es el segundo puerto del mundo en descarga de pesca ilegal”. Sin embargo, confirmó que en 2015, el de Montevideo fue el segundo puerto más visitado en el mundo por buques reefer (embarcaciones que funcionan como grandes congeladores donde se almacena la pesca de otros barcos) y que en 2019 ingresaron 284 barcos pesqueros extranjeros y 21 reefers.

Esta situación, despierta sospechas acordes a las críticas de las organizaciones medioambientales, puesto que los reefers acogen la pesca de otras embarcaciones, y muchas veces esos transbordos se realizan en alta mar. En el 2015 hubo 1.500 descargas en Montevideo, más de la mitad correspondían a barcos que transbordaron en alta mar.

De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el transbordo en alta mar se utiliza para encubrir actividades como la pesca ilegal, el narcotráfico, el tráfico de armas y la trata de personas.

Por su parte, la organización medioambiental Greenpeace, señaló que el puerto de Montevideo recibe regularmente embarcaciones que pescan en alta mar más allá de la zona económica exclusiva de Argentina, incluidas algunas con antecedentes de pesca ilegal.

La jurisdicción como Estado ribereño en nuestro país está regulada por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar firmada en 1982. La misma otorga diferentes grados de jurisdicción sobre las aguas ribereñas. 

En diálogo con CRÓNICAS, Loureiro destacó que precisamente, en este caso, se trata de un tema de jurisdicciones. Consideró que hay que tener en cuenta tres tipos de jurisdicciones: “la jurisdicción como Estado ribereño, como Estado de la bandera y como Estado rector del puerto”.

Este convenio, mencionado anteriormente, consagrado por las leyes nacionales, distingue “las aguas jurisdiccionales, una zona contigua y una zona económica exclusiva que llega hasta las 200 millas de la línea base”, explicó Loureiro. 

Por otra parte, en relación a la jurisdicción del Estado como bandera, aclaró que “los barcos que navegan las aguas del mundo están regidos por las normas de la bandera de origen de donde están matriculados”. En ese caso, el Estado uruguayo no tiene jurisdicción absoluta sobre lo que ocurre arriba de un buque que se encuentra matriculado en otro país, ya sea que esté navegando en altamar o inclusive se encuentre en las aguas territoriales.  

Por último, en lo que respecta a la jurisdicción como Estado rector del puerto, subrayó que en Uruguay “el organismo encargado de hacer esos controles es el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca a través de la Dinara (Dirección Nacional de Recursos Acuáticos)”.

Puntualmente, uno de los temas en los que se hacía énfasis cuanto se criticaba al puerto de Montevideo era en la problemática de la pesca ilegal. Sin embargo, Loureiro destacó que Uruguay es el único país de la costa este de América del Sur que ha refrendado el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto (Amerp). 

El Amerp fue impulsado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y entró en vigencia en 2016, justamente con el propósito de “prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada”.  

Al respecto de este tratado, Loureiro comentó que “es precisamente para controlar este tipo de actividades ilícitas o no declaradas que se realizan en las zonas que no están bajo jurisdicción de nadie”. 

En cuanto a la pesca en aguas jurisdiccionales, detalló que “en las 200 millas de zona económica exclusiva, los buques de otra bandera que no sea la nacional pueden pescar solamente con licencia de pesca otorgada por la bandera del Estado rector del puerto”. En este caso, la misma es emitida por la Dinara. 

El gran tráfico de buques en el puerto de Montevideo, según evaluó Loureiro, no se debe a otra cosa que a “su posición geográfica, su productividad y su operación durante las 24 horas todos los días”. A los comentarios sobre el gran tráfico específicamente de buques pesqueros chinos se suman, según Loureiro, “otros temas  que a veces se sugieren, por ejemplo, el desembarco de fallecidos”.

En cuanto a esto último, la autoridad de la ANP, resalta que esos hechos tienen que ver con que “Uruguay tiene una actitud humanitaria con respecto de la gente de mar, a los marinos”. 

Según aseveró, el hecho que se elija el puerto de Montevideo para el desembarco de los fallecidos “quiere decir que da garantías de que se van a seguir los procesos”. 

Por otra parte, agregó que “no corresponde al Estado uruguayo investigar lo que pasa en buques de otra bandera en el medio del océano, sino lo que sí el país garantiza humanitariamente es la posibilidad de dar respuestas a una emergencia o a una desgracia, como es el fallecimiento en altamar”.