La protección del derecho de autor en la era del blockchain

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Las nuevas tecnologías han revolucionado el mundo de los negocios en tanto entre otras razones han significado un importante avance para la promoción, distribución y publicidad de obras protegidas por el derecho de autor de contenidos digitales. En este artículo daremos principal énfasis al blockchain dado que es una tecnología que pese a su futuro incierto, viene siendo utilizada cada vez con más frecuencia.

Dra. Valeria Lorenzo (*)

Consideraciones preliminares acerca de qué entendemos por blockchain

El blockchain o también denominado como “cadena de bloques” es un registro de datos descentralizado que verifica su información a través de un algoritmo de consenso. Esto significa que cada bloque está unido por un “hash” que liga un bloque con otro “como suerte de huella digital” y que, por ende, vincula la información contenida en cada bloque. De esta forma, el sistema mantiene un orden de bloques, volviendo la información ingresada prácticamente inalterable, haciendo de ella una herramienta ideal y segura para la trazabilidad de la información, en donde generalmente se mantiene un pseudo anonimato, sin perjuicio de que se puede hacer una trazabilidad de la información para evitar temas como por ejemplo el lavado de activos.

El objetivo de su creación ha sido crear un sistema en donde los registros que allí existan esténencriptados y entrelazados entre sí, con el objetivo de salvaguardad la privacidad de las transacciones, sin requerir de un control centralizado como un banco intermediario para el caso delas operaciones financieras. Con el tiempo que ha pasado desde su creación, ha demostrado que su uso podría llegar más allá de lo imaginado. La tecnología blockchain podría llegar a ser una solución adecuada para la protección de obras digitales en tanto se compone de un algoritmo criptográfico utilizado para guardar la mayor confidencialidad posible en las transacciones, garantizando la seguridad y confiabilidad de cada transacción; es por ello que ha sido el algoritmo base utilizado para las transacciones de la información de monedas digitales que allí se almacenan.

Esta tecnología, por tanto, es idónea para la creación de un sistema de protección de datos en la era digital en tanto genera “una columna vertebral” en donde pueden surgir transacciones de diversas áreas en forma independiente o sin requerir de una autoridad central, y cualquier modificación realizada en un bloque quedaría registrada en un bloque posterior, dotando de trazabilidad y seguridad a cada acción realizada para el caso de contiendas.  

El blockchain como aliado de la propiedad intelectual

Este sistema despierta interés en distintos sectores en virtud de que las cadenas de bloques pueden contener distintos tipos de datos, desde información relativa de monedas digitales, transacciones, contratos e incluso datos, fotos, videos o diseños digitales.

El blockchain no solo permite realizar transacciones financieras con seguridad de forma que quedan asentadas así como en un libro de contabilidad digital, sino que además permite realizar contratos que involucran el traspaso de la propiedad o de derechos de explotación de distintos tipos de bienes mediante la ejecución de contratos inteligentes o de autoejecución. Así podemos ver que el abanico de oportunidades que nos genera esta tecnología es verdaderamente amplio, ya que no queda limitado a las monedas digitales o el mercado financiero sino que se presenta como un mecanismo para crear sistemas confiables en distintas áreas.

En el caso de los derechos de autor, la tecnología del blockchain incluiría la incorporación de contratos inteligentes que ejecuten acciones tales como la transferencia de derecho de autor, el otorgar licencias, repartir beneficios producto del derecho de autor con transparencia y hasta podría hacerse un seguimiento del uso de la obra digital protegida a efectos de controlar que no sea adulterada o apropiada por un tercero en forma posterior. De esta forma, la cadena de bloques identificaría fácilmente quien es el autor de una obra y las evidencias acerca de su autoría. Sin perjuicio de que no es objeto del presente artículo, es menester indicar que hoy día existen los Non Fungible Tokens (NFT) utilizados por artistas digitales que tokenizan sus obras a través del uso del blockchain, transformándolas en NFT´s, esto significa que se dota al archivo de una firma que lo hace único y lo protege de cualquier modificación posterior mediante un contrato inteligente. En otras palabras, un NFT es un certificado digital único que se registra a través de una cadena de bloques cuyo fin es registrar la propiedad de un activo como lo es una obra digital, y con dicha cadena se asegura que la transferencia de datos sea de forma codificada y descentralizada, dándole así mayor seguridad al creador de la obra registrada. Justamente por esta razón, la tecnologíablockhain se utiliza para las criptomonedas y hoy día se ha trasladado a varios campos de aplicación, y particularmente al de los bienes digitales.

En el mismo sentido, el punto que más se destaca en el registro de autoría de obras digitales en este sistema, como vemos, es que la información no podría ser alterada o modificada en forma posterior por otra persona alegando ser el autor de la misma obra. Esto permitiría demostrar no solo la autoría de la obra,sino también que se hace posible documentar cualquier cambio posterior que ha intentado hacer otra persona y servir así de evidencia en caso de un proceso judicial.

Este sistema, que protege más al creador de contenido digital, tendría también grandes beneficios económicos en tanto no se requiere de un intermediario para las acciones derivadas del derecho tales como la administración.

Cabe destacar que al día de hoy existen grandes compañías que se encuentran estudiando los derechos de autor protegidos por medio del blockchain, como Spotify, Sony y Kodak.

Conclusiones

A modo de conclusión, la trazabilidad que se genera dentro del uso de esta tecnología respecto a los registroso transacciones efectuadas, la autenticidad y la inmutabilidad del contenido de cada cadena de bloque, dotan de transparencia y confiabilidad a las operaciones que se realicen en el margen del blockchain.

En cuanto a los derechos de autor, como hemos visto, el uso de esta tecnología se convierte en un factor trascendente y conveniente en tanto provee de confidencialidad y seguridad de registro a los creadores de contenido digital dado que los datos en cadena del bloque que contiene permite demostrar con fecha cierta la existencia de una obra digital, dar seguimiento de la distribución de los derechos de propiedad intelectual, identificar la fecha de uso efectivo o primer uso comercial, entre otros datos que serían fácilmente identificables en la cadena.

No debemos olvidar que si bien el blockchain podría llegar a solucionar problemas de la gestión digital en temas como el derecho de autor, es una tecnología que trae consigo distintos retos jurídicos ya que carece de un marco legal regulatorio y, por tanto, no habría una entidad responsable para eventuales reclamaciones, configurando un importante desafío para los operados jurídicos.Asimismo, en caso de una aplicación jurídica amplia, podría llevarnos a la interrogante al momento de tener que identificar cuál es la ley aplicable y el juez competente ante una reclamación judicial.

 (*) Integrante del equipo legal de Galante & Martins