Sobre la reforma constitucional “Vivir sin miedo”

Por: Dr. Charles Carrera (*) | @ChCarreraLeal

El 23 de agosto el semanario CRÓNICAS publicó una columna de opinión cuyo autor, el senador Jorge Larrañaga, expone los motivos por los cuales respalda la Reforma Constitucional “Vivir sin miedo”. Sin lugar a dudas, sus argumentos resultan más que fructíferos para alimentar el debate de cara a la consulta popular del 27 de octubre. Nos parece bien, porque la ciudadanía debe conocer de primera mano las opiniones de quienes impulsan esta reforma y de quienes la rechazamos.

A través de varias columnas hemos expresado nuestras discrepancias con la reforma. No porque tengamos la convicción de que la seguridad pública no representa un problema real. Todo lo contrario, estamos convencidos de que este es uno de los principales problemas que aquejan a la sociedad. Pero creemos que las propuestas que se pretenden implementar a través de la reforma resultan inconducentes y en algunos casos pueden traer peores consecuencias. A su vez, debemos tomar en consideración que esta reforma impulsada por el senador Larrañaga, más allá de los matices que intenten demostrar, es representativa de todo el Partido Nacional. Esto último en base al hecho de que en cada lugar donde se distribuyan listas y propaganda de los blancos estará la papeleta como opción para ser ensobrada.

El senador Larrañaga en su columna explica cada una de las medidas para luego expresar los argumentos que, según él, justifican la aprobación de la reforma. En este artículo, iremos punto por punto, explicando nuestra posición al respecto. Pero antes, quisiera remarcar algunos aspectos sobre el programa del Partido Nacional que, a mi entender, dada su impronta autoritaria, es acorde al espíritu de esta reforma. En este sentido, la legítima defensa presunta que propone el Partido Nacional implica un camino sin retorno hacia el “gatillo fácil”. El reingreso por vía de contratación de hasta 1.000 retirados policiales implica un error en la medida que dichos funcionarios no cuentan con la preparación acorde para combatir los tipos delictivos de hoy en día. Además, reinstaurar el derecho al porte de arma para los policías retirados, es peligroso en la medida que estos quedarían excluidos de los controles psicofísicos que la ley prevé tanto para ellos como para cualquier ciudadano. Para portar un arma es imprescindible que el ciudadano cumpla con los estrictos controles previstos por la ley. Estamos ante un programa retrógrado, que implica un retorno a la policía de la década del 90. Pero más allá del programa, como complemento, está este proyecto de reforma constitucional denominado “Vivir sin miedo”.

Primero, esta reforma propone que los que cometen ciertos delitos cumplan a rajatabla la pena en su totalidad, descartando en todos los casos el régimen de libertad anticipada. Sobre este punto, debemos expresar que no resulta razonable establecer reglas absolutas para disponer o no libertades anticipadas según la figura delictiva. El instituto de la libertad vigilada no debe respaldarse en la figura delictiva en sí misma sino en las características individuales del penado y en su efectiva rehabilitación. Así es como funciona y debemos confiar en el criterio de los operadores del sistema judicial (fiscales y jueces) para que decidan caso a caso la aplicación de este instituto.

Hacemos valoraciones similares respecto a la propuesta de reclusión permanente para los delitos más graves. En principio, podríamos afirmar que esta representa la antítesis del concepto mismo de rehabilitación: existe una renuncia expresa por parte del Estado a intentar que el penado vuelva a ser parte de la sociedad. Además, debemos tener en cuenta que en Uruguay se pueden aplicar penas de hasta 45 años (pena máxima de 30 años más 15 de medidas de seguridad). Estas penas son aplicables a los delitos gravísimos que conmocionan a la opinión pública. El problema es que del punto de vista estadístico, estos delitos no son representativos de la mayoría de los que ocurren en el país. Por este motivo, esta propuesta ni siquiera “mueve la aguja”, en el sentido de brindarle mayor seguridad a los habitantes. Termina siendo una suerte de mensaje que se agota en sí mismo.

En cuanto a estas dos porpuestas debemos agregar que la privación de libertad no necesariamente implica un mejor tratamiento penitenciario ni una mayor desconexión con el delito. Por el contrario, en algunos casos las libertades transitorias o anticipadas pueden fortalecer procesos de revinculación social con mejores resultados. Estos procesos son siempre acompañados de un abordaje técnico que valora los riesgos de reincidencia y de seguridad para la persona y para la comunidad. Con estas dos propuestas, la reforma pretende pasar raya sin entender que cada situación es distinta y debe existir, por tanto, una diversidad en el tratamiento, según el caso concreto. Parecería que la propuesta de reforma constitucional partiera de la desconfianza sobre los operadores del sistema judicial (jueces, fiscales, técnicos, etc).

En cuanto a la propuesta de habilitar allanamientos nocturnos, entendemos innecesario reformar los alcances garantistas brindados por la Constitución. Parecería que esta propuesta fue pensada para solucionar el problema  del microtráfico y la venta de droga dentro de los inmuebles. Sobre este punto, consideramos innecesario llegar al extremismo de cercenar las garantías individuales para combatir el microtráfico (problema que nos preocupa y nos ocupa). Debemos continuar con la línea trazada por los operativos Mirador y Casavalle, destinados a combatir el narcotráfico (microtráfico incluido). Ante “soluciones mágicas”, preferimos respuestas profesionales a través de las cuales trabajando seriamente podremos ir encontrando soluciones.

Finalmente, se propone la creación de una Guardia Nacional compuesta por efectivos militares, como una segunda fuerza para colaborar con la policía. Este punto merece un análisis minucioso, porque hemos notado cierta impronta militarista de parte del programa del Partido Nacional, más allá del contenido de esta reforma. Esta propuesta no solo resulta peligrosa por generar el contexto perfecto para la vulneración de los derechos de los ciudadanos, sino que es inadecuada para combatir la inseguridad pública.

Los militares, cuya función es la defensa nacional garantizando la integridad territorial y la soberanía del país, carecen de formación para combatir el delito. Su función poco tiene que ver con la seguridad interna, a través de la prevención, disuasión y represión del delito. Como bien expresó el colectivo “No a la reforma”, esta experiencia de militarización de la seguridad pública ha sido un rotundo fracaso en todos los países donde se la implementó. En todos los países en que se implementaron estas medidas, se agravaron los problemas. En Brasil, entre 2018 y 2019, la intervención en Río de Janeiro provocó un aumento de 61% en los tiroteos y 35% en los asesinatos de parte de militares. En México, con una medida de esta naturaleza, los homicidios aumentaron un 250%.

Lo más lamentable de esta reforma constitucional, es que le genera falsas expectativas a la opinión pública. No existen soluciones mágicas para solucionar los problemas de seguridad y menos a través de una reforma constitucional. Debemos intentar que los intereses político-electorales no se apropien de la agenda programática, a través de propuestas demagógicas e inconducentes. Podemos desarrollar políticas públicas que mejoren los problemas de seguridad pública, pero para eso debemos poner pienso, trabajo y dedicación.  Digámoslo nuevamente: ¡Esta reforma no es la forma!

(*) Senador de la República por el Frente Amplio – MPP 609