El plazo máximo para el aprovechamiento de esta exoneración será de 10 años, computándose desde el primer ejercicio en que se obtenga renta fiscal, con un máximo 4 ejercicios desde la declaratoria promocional. Asimismo en cada ejercicio económico se deberán tomar en cuenta las siguientes consideraciones:(*) Integrante del equipo contable de Galante & Martins