Proyecto de ley de empleo para personas adultas mayores jóvenes

Por Carlos Testa (*) | @CarlosTestaCA

El 1º de diciembre pasado presentamos ante la Cámara de Diputados dicho proyecto de ley, con el fin de traer a la consideración actual una vieja preocupación de la cual todos somos conscientes. Una problemática que no nace en estos tiempos, ni mucho menos con la emergencia sanitaria, aunque sin dudas esta ha agravado la situación laboral de toda la población en su conjunto.

Sin embargo, sentimos que la crisis de empleo actual no puede ser pretexto que impida buscar y proponer soluciones a la particular situación de las personas de entre 50 y 70 años que tratan de reinsertarse en el mercado laboral.

Sabemos bien que una ley o decreto no resolverá mágicamente una situación que se arrastra desde muchos años y que el transcurrir del tiempo solo ha logrado profundizar. Pese a ello, sentimos que es impostergable comenzar a analizar y encontrar coincidencias en el camino posible para revertir, aunque sea en parte, esta realidad.

Un trabajador de entre 50 y 70 años (cifra de edades que puede ser revisada), en muchísimos casos se encuentra en plenitud de aptitudes tanto físicas como mentales para desarrollar tareas en casi todos los ámbitos laborales. Muchas de las personas desempleadas en esta franja de edades o casi todas, se encuentran en una etapa de sus vidas en que son sostenes de familia.

Los tiempos que corren, ya sea por necesidad o por evolución, dan como resultado de hecho que el período productivo de un trabajador se extienda hasta edades que generaciones atrás se encontraban prácticamente asociadas con el retiro o la jubilación. Debemos tener en cuenta, además, que precisamente en estos momentos se está estudiando una reforma en el sistema de retiros jubilatorios que afectará directamente a quienes en este artículo nos referimos.

Se intenta por este proyecto de ley dar una oportunidad a los adultos mayores jóvenes, que en muchos casos están necesitando esos pocos años faltantes para alcanzar el cómputo jubilatorio, pero al mismo tiempo y como contraprestación, incentivar a las empresas a su contratación por medio de deducciones de impuestos, entre otros beneficios determinados detalladamente en la iniciativa.

Se establecen requisitos y garantías precisas por parte del empleado y empleador de manera que el espíritu que persigue este proyecto no se encuentre obstaculizado ni empañado por otros fines que no sean estrictamente impulsar una relación laboral que beneficie a todas las partes.

A modo de ejemplo, la presente iniciativa está dirigida a aquellos trabajadores adultos mayores jóvenes que no estén recibiendo pensión, jubilación o retiro al momento de su contratación, ni tengan parentesco con el titular o los titulares de las empresas, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.

A su vez, las empresas no podrán haber efectuado despidos o haber enviado al seguro de desempleo en los 90 días previos a la contratación del trabajador y en los 90 días posteriores. No se considerará incumplimiento de este requisito el despido por notoria mala conducta.

Este proyecto de ley, a la vez que intenta ser un impulso a la contratación del trabajador adulto mayor joven para así promover su autonomía y autosuficiencia económica, pretende aprovechar la experiencia de toda una vida laboral de una generación que consideramos que aún tiene mucho para aportar a los más jóvenes.

Si bien es nuestra intención resaltar los conocimientos y capacidades que pueden sumar los trabajadores mayores a las empresas, consideramos fundamental el ejemplo que puede significar para los más jóvenes en diversos aspectos, no solamente el laboral.

Hablamos de una generación en que la cultura del trabajo se traducía en el respeto a su propio puesto y al de los demás en una empresa. El cumplimiento de los horarios; la responsabilidad hacia la tarea encomendada; el ser consciente de la importancia que supone pertenecer a una posición laboral, mucho más en la actualidad, donde el trabajo escasea cada vez más.

Valores que, si bien aún existen en los trabajadores más jóvenes, inexorablemente se han venido debilitando en algunos casos en los últimos tiempos.

Debo referirme ahora a la experiencia personal donde, con el pasar de los años, puedo confirmar las bondades de contar con trabajadores mayores entre diferentes grupos de jóvenes. Era admirable presenciar la influencia positiva de dos trabajadores mayores entre un grupo de más de 20 operarios de entre 20 y 40 años de edad. Estos dos sexagenarios eran los primeros en llegar a sus puestos y los últimos en retirarse, siempre con buena disposición para transmitir sus conocimientos y aplomo cuando la situación así lo requería. Ganaron el respeto y cariño de sus compañeros desde el ejemplo, pero además contribuían en gran manera al resultado productivo de la empresa.

En la medida de las posibilidades siempre procuramos contar entre quienes trabajábamos, con al menos uno o dos trabajadores mayores. Por más de 30 años en distintos grupos comprobamos los beneficios que ese mínimo porcentaje de trabajadores añosos aportan al ambiente laboral.

Consideramos fundamental en el caso de personas que se encuentran entre las edades anteriormente mencionadas y que no alcanzan aún el cómputo jubilatorio, impulsar y facilitar su inserción en el mercado laboral para llegar así a generar ese derecho que, por encontrarse desempleados, les impide obtener la posibilidad de un retiro remunerado para sus últimos años.

Con agrado escuchamos recientemente al Ministro de Trabajo referirse a la necesidad de proponer soluciones para los trabajadores adultos mayores jóvenes, expresando así total coincidencia con el espíritu del proyecto de ley de empleo para personas adultas mayores jóvenes, carpeta Nº 871 de 2020, la cual se encuentra en la Comisión de Legislación del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

En una intervención en la Cámara presentando esta iniciativa, expresé la necesidad de, entre todos los actores políticos, encontrar un camino consensuado para dar lugar a que el impulso al empleo de trabajadores mayores sea una realidad y no quede en la intención.

Seguramente habrá muchos aportes o correcciones que se podrán hacer por las distintas bancadas; esto, por supuesto, es más que bien recibido por los que presentamos el proyecto.

El objetivo es claro y sabemos que no existen reparos cuando se trata de hacer llegar soluciones a aquellos compatriotas que las necesitan. Eso es lo único que debe importar: soluciones.

No es importante de dónde provienen ni quién las propone, sí a quiénes les llegan. Y en eso debemos estar comprometidos todos en el sistema político.

Por ello invitamos nuevamente a los representantes de los partidos políticos a colaborar en las correcciones y adiciones que estimen convenientes en dicha iniciativa, para así poder llevar adelante cuanto antes su llegada al mercado laboral como una herramienta más a disposición de trabajadores y empresas.

Así mismo, haremos llegar este proyecto de ley al Ministro de Trabajo para que nos guíe respecto a cualquier consideración necesaria o sugerencia y, a su vez, adoptar lo que de su texto encuentre conveniente a aplicar en las actuales circunstancias nacionales.

 

(*) Diputado por Canelones – Cabildo Abierto