El expresidente del BCU, Mario Bergara, criticó que la regla no tiene una definición precisa de parámetros, sino que son meras metas indicativas, donde no hay consecuencias de incumplimiento y, por lo tanto, no conforma una institución de regla fiscal. ¿Qué opina al respecto?Yo no comparto. La nueva institucionalidad tiene que ver con un nuevo horizonte de proyección y de rendición las cuentas fiscales. En la última Rendición de Cuentas presentamos proyecciones para el año 2025 inclusive, porque estamos yendo a siempre agregar un año más en las rendiciones de cuentas para dar información cinco años móviles hacia adelante. También incluimos análisis de sensibilidad sobre las cuentas fiscales, qué pasa con la deuda si el PBI no crece o crece menos o más que lo que son las estimaciones del MEF en el escenario base. Esa nueva institucionalidad tiene que ver con una nueva forma más completa de analizar las cuentas fiscales, la marcha del endeudamiento y las finanzas públicas.Si vamos a la regla fiscal que es un componente de esta institucionalidad fiscal, podemos decir que tiene tres pilares. El primero es el resultado fiscal, el déficit fiscal depurado de lo que son los vaivenes del ciclo económico y depurado de esos ingresos o egresos extraordinarios. Ese resultado efectivamente es indicativo, es una meta firme a la que el MEF se compromete, pero es inobservable porque se calcula a partir de estimaciones.Algo similar sucede en el segundo pilar que es el tope de gastos, los egresos primarios, es decir, a qué ritmo aumentan los gastos fiscales y básicamente el tope está establecido en el crecimiento potencial.En este plano, los gastos fiscales no pueden ir más allá del 2,3% real anualmente porque ese es el crecimiento potencial del PIB según las estimaciones que hace el MEF y que terminará validando el Consejo Fiscal Asesor. Eso también es inobservable.Lo que nosotros decimos es que no tiene sentido que estos dos pilares estén establecidos por ley cuando en realidad son datos inobservables, el que sí está por ley es el tercer pilar que es el endeudamiento neto y que establece cuánto puede endeudarse anualmente el gobierno central que, al final del día, es el déficit fiscal. Eso sí está dispuesto por ley, con una cláusula de salvaguarda ante circunstancias inesperadas.Las primeras dos metas se basan en estimaciones y no tiene ningún sentido que los tres pilares estén en el artículo de ley, allí está el endeudamiento que es el que termina siendo el ancla mayor. En definitiva, el objetivo principal de la regla fiscal es estabilizar el tope de endeudamiento para que la deuda sea sostenible. No comprendo la crítica de Bergara, ¿él pretendería que los tres estuvieran en el articulado? No tiene mucho sentido.Bensión sobre continuidad de la regla fiscal contemplada en la LUC: “Es un camino solamente de ida”